Normativa relativa a la producción y comercialización de insectos
El mayor obstáculo en la industria de los insectos comestibles es la falta de un marco regulatorio estandarizado. La regulación sobre los insectos es una paradoja en sí misma. La utilización de insectos está muy regulada, pero a la vez no existe una normativa específica. Existen diversos países, como Tailandia o Vietnam, donde la cultura del consumo de insectos está más extendida y no existen tantas trabas legislativas. Sin embargo en los países occidentales más desarrollados las regulaciones son más estrictas. Actualmente hay una división para considerarlo dentro de la legislación alimentaria existente o como un nuevo producto, y requiere de pruebas exhaustivas. En países europeos desarrollados, como España, supone un gran problema a la hora de la cría y comercialización de insectos para el consumo humano.
Normativa específica sobre producción y consumo de insectos
La normativa actual que afecta a la cría, reproducción y comercialización de insectos en España es la siguiente: Primero debemos diferenciar la actividad a la que va dirigida. Es decir, si es para cría y reproducción o si es para la comercialización de consumo humano. Hay que tener en cuenta que la actividad de cría y producción de insectos está considerada como actividad ganadera, por lo que está sujeta a la normativa de la producción primaria ganadera.
La normativa para la producción de insectos en la alimentación animal permite el uso de insectos secos o PATS (Proteína Animal Transformada) de insectos para mascotas, animales de peletería y otros usos. Algunas de estas especies autorizadas son Mosca soldado negra, la mosca común, el gusano de la harina o los grillos doméstico y bicolor.
Por otro lado, para la comercialización de insectos destinados a la alimentación humana se aplica el Reglamento de Nuevos Alimentos, ya que desde 2018 los insectos se incluyeron dentro de esta normativa. Actualmente, son ya cuatro las especies autorizadas bajo el Reglamento (UE) 2015/2283, relativo a los nuevos alimentos y en el que se incluye a los insectos desde 2018:
- las larvas del gusano de la harina (Tenebrio molitor):
- la langosta migratoria (Locusta migratoria),
- el grillo doméstico (Acheta domesticus)
- las larvas del escarabajo del estiércol (Alphitobius diaperinus).
Todas estas especies pueden comercializarse en forma congelada, desecada y en polvo, además de pasta para las larvas del escarabajo Alphitobius diaperinus. También existen otras varias especies de insectos que están siendo evaluadas para ser aprobadas para su comercialización en diferentes por formas por este reglamento.
El consumo de insectos es seguro
A pesar de las barreras legales que supone la cría y comercialización de insectos, actualmente el consumo de insectos como alimentos humano es seguro y cada vez está más extendido. La Comisión Europea tiene los estándares más estrictos para la aprobación de regulaciones y legislación en cuanto a seguridad alimentaria. Esto significa que para poder aprobar un nuevo alimento como seguro debe pasar una exhaustiva evaluación por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Una de las características del Reglamento (UE) 2015/2283 respecto a los insectos como nuevo alimento es que en su etiquetado debe indicar que puede ocasionar reacciones alérgicas en personas con otras alergias previas, como los moluscos y los ácaros. Esto se debe a los estudios realizados sobre la alergenicidad del consumo de proteína de insectos. Según la AESAN (Agencia Española Seguridad Alimentaria y Nutrición) la indicación de alérgenos es obligatoria tanto para los productos envasados como para los no envasados.
El uso de insectos para otros fines no está prohibido, tampoco regulado. Sin embargo, la explotación está autorizada.